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Obligaciones para centros de trabajo de más de 50 trabajadores
Centros de trabajo donde laboran más de 50 trabajadores.
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Establecer, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple: la prevención de los factores de riesgo psicosocial; la prevención de la violencia laboral, y la promoción de un entorno organizacional favorable.
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Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial.
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Evaluar el entorno organizacional.
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Adoptar las medidas para prevenir los factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable, así como para atender las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral.
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Adoptar las medidas y acciones de control, cuando el resultado del análisis de los factores de riesgo psicosocial así lo indique.
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Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y, canalizarlos para su atención.
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Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial, cuando existan signos o síntomas que denoten alguna alteración a su salud.
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Difundir y proporcionar información a los trabajadores.
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Llevar los registros de: resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial; evaluaciones del entorno organizacional; medidas de control adoptadas, y trabajadores a los que se les practicó exámenes médicos.
Obligaciones para centros de trabajo de 16 y 50 trabajadores:
Conoce las obligaciones de los centros de trabajo donde laboran entre 16 y 50 trabajadores:
Establecer, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple: la prevención de los factores de riesgo psicosocial; la prevención de la violencia laboral, y la promoción de un entorno organizacional favorable.
Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial.
Adoptar las medidas para prevenir los factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable, así como para atender las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral.
Adoptar las medidas y acciones de control, cuando el resultado del análisis de los factores de riesgo psicosocial así lo indique.
Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y, canalizarlos para su atención.
Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial, cuando existan signos - síntomas que denoten alguna alteración a su salud.
Difundir y proporcionar información a los trabajadores.
Llevar los registros de: resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial; de las evaluaciones del entorno organizacional; medidas de control adoptadas, y trabajadores a los que se les practicó exámenes médicos.
Obligaciones para centros de trabajo de hasta 15 trabajadores
Centros de trabajo donde laboran hasta 15 trabajadores.
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Establecer, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple: la prevención de los factores de riesgo psicosocial; la prevención de la violencia laboral y la promoción de un entorno organizacional favorable.
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Adoptar las medidas para prevenir los factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable, así como para atender las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral.
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Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y canalizarlos para su atención.
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Difundir y proporcionar información a los trabajadores
¿Cómo se debe realizar la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial?
La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial deberá contemplar los siguientes:
- Las condiciones en el ambiente de trabajo. Se refieren a condiciones peligrosas e inseguras o deficientes e insalubres; es decir, a las condiciones del lugar de trabajo, que bajo ciertas circunstancias exigen del trabajador un esfuerzo adicional de adaptación.
- Las cargas de trabajo. Se refieren a las exigencias que el trabajo impone al trabajador y que exceden su capacidad, pueden ser de diversa naturaleza, como cuantitativas, cognitivas o mentales, emocionales, de responsabilidad, así como cargas contradictorias o inconsistentes.
- La falta de control sobre el trabajo. El control sobre el trabajo es la posibilidad que tiene el trabajador para influir y tomar decisiones en la realización de sus actividades. La iniciativa y autonomía, el uso y desarrollo de habilidades y conocimientos, la participación y manejo del cambio, así como la capacitación son aspectos que dan al trabajador la posibilidad de influir sobre su trabajo. Estos elementos, cuando son inexistentes o escasos, se convierten en un factor de riesgo.
La falta de control se denomina como la escasa o inexistente posibilidad que tiene el trabajador para influir y tomar decisiones sobre los diversos aspectos que intervienen en la realización de sus actividades. Contrario a esto, la iniciativa y autonomía, el uso y desarrollo de habilidades y conocimientos, la participación y el manejo del cambio y la capacitación son elementos que dan al trabajador la posibilidad de influir sobre su trabajo.
- Las jornadas de trabajo y rotación de turnos que exceden lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.Representan una exigencia de tiempo laboral que se hace al trabajador en términos de la duración y el horario de la jornada, se convierte en factor de riesgo psicosocial cuando se trabaja con extensas jornadas, con frecuente rotación de turnos o turnos nocturnos, sin pausas y descansos periódicos claramente establecidos y ni medidas de prevención y protección del trabajador para detectar afectación de su salud, de manera temprana.
- Interferencia en la relación trabajo-familia. Surge cuando existe conflicto entre las actividades familiares o personales y las responsabilidades laborales; es decir, cuando de manera constante se tienen que atender responsabilidades laborales durante el tiempo dedicado a la vida familiar y personal, o se tiene que laborar fuera del horario de trabajo.
- Liderazgo negativo y relaciones negativas en el trabajo:
- El liderazgo negativo en el trabajo hace referencia al tipo de relación que se establece entre el patrón o sus representantes y los trabajadores, cuyas características influyen en la forma de trabajar y en las relaciones de un área de trabajo y que está directamente relacionado con la actitud agresiva y/o impositiva; falta de claridad de las funciones en las actividades, y escaso o nulo reconocimiento y retroalimentación del desempeño.
- El concepto de relaciones negativas en el trabajo se refiere a la interacción que se establece en el contexto laboral y abarca aspectos como la imposibilidad de interactuar con los compañeros de trabajo para la solución de problemas relacionados con el trabajo, y características desfavorables de estas interacciones en aspectos funcionales como deficiente o nulo trabajo en equipo y apoyo social.
- La violencia laboral, de conformidad con lo siguiente:
- Acoso, acoso psicológico: Aquellos actos que dañan la estabilidad psicológica, la personalidad, la dignidad o integridad del trabajador. Consiste en acciones de intimidación sistemática y persistente, tales como: descrédito, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas, las cuales llevan al trabajador a la depresión, al aislamiento, a la pérdida de su autoestima. Para efectos de esta Norma no se considera el acoso sexual.
- Hostigamiento: El ejercicio de poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas.
- Malos tratos: Aquellos actos consistentes en insultos, burlas, humillaciones y/o ridiculizaciones del trabajador, realizados de manera continua y persistente (más de una vez y/o en diferentes ocasiones).
Para realizar la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, existen dos posibilidades:
1) Utilizar la Guía de referencia II si se trata de centros de trabajo de menos de hasta 50 trabajadores o la Guía de referencia III, para el caso de centros de trabajo de más de 50 trabajadores, o bien,
2) Cualquier método que contemple
- Los mismos factores, y que esté validado de acuerdo con los parámetros establecidos por la Norma para tal efecto (numeral 7.5);
- La forma como se deberá realizar la aplicación de los cuestionarios;
- La manera de evaluar los cuestionarios,
- Los niveles de riesgo y la forma de determinarlos conforme a los resultados de los cuestionarios.¿Cómo se debe realizar la evaluación del entorno organizacional?
Esta obligación aplica sólo a los centros de trabajo que tienen más de 50 trabajadores.
La evaluación del entorno organizacional favorable deberá comprender los elementos siguientes:
- El sentido de pertenencia de los trabajadores a la empresa;
- La formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas;
- La definición precisa de responsabilidades para los trabajadores;
- La participación proactiva y comunicación entre el patrón, sus representantes y los trabajadores;
- La distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales regulares,
- La evaluación y el reconocimiento del desempeño.
1) Utilizar la Guía de referencia III, o bien,
2) Cualquier método que contemple
• Los mismos factores, y que esté validado de acuerdo con los parámetros establecidos por la Norma para tal efecto (numeral 7.5);
• La forma como se deberá realizar la aplicación de los cuestionarios;
• La manera de evaluar los cuestionarios, y
• Los niveles de riesgo y la forma de determinarlos conforme a los resultados de los cuestionarios.
Texto recuperado de: Secretaria de Trabajo y Previsión Social . (2020). ¿Cómo se debe
realizar la identificación y análisis de los factores de riesgo
psicosocial?. 5 marzo 2021, de Gobierno del estado Sitio web:
https://www.gob.mx/stps/nom035/articulos/preguntas-frecuentes-226297
Obligaciones generales del patrón respecto a los factores de riesgo psicosocial NOM-035
La NOM-035 se enfoca en los riesgos psicosociales que provocan estrés o ansiedad en los centros de trabajo, en donde se establecen obligaciones para los centros como de los trabajadores, logrando así que puedan favorecer a su entorno laboral y facilitar su aplicación.
Dentro de las obligaciones que se deben llevar a cabo contamos con las obligaciones patronales hacia los factores de riesgos psicosociales en donde, los patrones deben:
*Identificar y analizar los puestos con riesgos psicosocial por la naturaleza de sus funciones o el tipo de jornada laboral. Es muy importante que el patrón revise y este al tanto de los puestos y sus funciones, ya que en ocasiones los encargados o supervisores delegan mas operaciones de lo que le corresponde al trabajador.
*Identifica a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral y valorarlos clínicamente. Los centros de trabajo cuentan con diferentes personalidades, culturas, climas, etc. Por lo cual se debe monitorear el trato que se le da y obtienen sus trabajadores, ya que en ocasiones no es el mas adecuado, este conlleva a cualquier tipo de abuso de poder que se pudo haber ejercido o se este ejerciendo, las violaciones a los derechos de los trabajadores o derechos humanos, los cuales pueden manifestarse en acoso laboral, agresiones físicas, maltrato psicológico, burlas, discriminación u otras afectaciones a su integridad física o moral del trabajador.
*Adoptar las medidas preventivas pertinentes para mitigar los factores de riesgo psicosocial. La adopción de medidas preventivas corresponde a las dos partes involucradas, el centro de trabajo y los trabajadores, estableciendo compromisos mutuos, en donde se incluyen estilos de trabajo, roles, comunicación clara, protocolos de acción, equilibrio en las cargas de trabajo, centros de mediación, formación o capacitaciones adecuadas, obtención de participación de los trabajadores, por mencionar algunos.
*Practicar exámenes o evaluaciones clínicas al personal ocupacionalmente expuesto a factores de riesgo psicosocial, según se requiera. Los centros de trabajo pueden aplicar cuestionarios de evaluación para medir su situación actual y en base a eso poder referir a su trabajador con un profesional de la salud según sea el caso, esto para su intervención inmediata y que dichos riesgos no afecten mas su vida personal ni laboral. Es importante mencionar aquí, que la NOM-035 les da opción al centro de trabajo de contratar personal interno, externo o por medio del Seguro Social.
*Informar a los trabajadores sobre las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los factores de riesgo psicosocial. Comunicación efectiva y constante con los procesos, situaciones y posibles soluciones para puedan colaborar en todo momento a mejorar dichos puntos.
*Llevar los registros sobre las medidas preventivas adoptadas y los resultados de los exámenes o evaluaciones clínicas. Dichos registros deben ser de los resultados de evaluaciones del entorno laboral, registros de las medidas de control adoptadas, nombre de los trabajadores o evaluaciones clínicas, identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial.
¿Qué empresas deben aplicar la NOM-035?
La NOM-035 es una norma que tiene como objetivo la prevención de riesgos psicosociales, donde se debe de promocionar el bienestar del trabajador dentro de los centros de trabajo y su entorno, promoviendo y adoptando las medidas para prevenir las practicas opuestas, así como la identificación de si los trabajadores han sufrido acontecimientos traumáticos y canalizarlos para su atención, evaluar el entrono organizacional, practicar exámenes médicos, cuando existan evidencias de posibles afectaciones de salud hacia los trabajadores.
La NOM-035 cuenta con 3 sectores en donde se considera que la norma se deberá aplicar de acuerdo a las características de los centros de trabajo y de sus integrantes, en donde el centro de trabajo decidirá la forma y los procesos para llevarlos a cabo, es importante comentar que la STPS NO Certifica a ninguna empresa para llevar a cabo la Norma, pero si se establecen las obligaciones para los centros de trabajo de acuerdo con el tamaño de los mismos.
Los centros de trabajo que tienen de 1-15 trabajadores tienen como obligación:
- Establecer, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales, la cuales tienen que contemplar:
- La prevención de los factores de riesgo psicosocial
- La
prevención de la violencia laboral
- La promoción de un entorno organizacional favorable
- Adoptar las medidas para prevenir los factores de riesgo psicosocial, promover el entrono organizacional favorable, así como para atender las practicas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral.
- Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y canalizarlos para su atención.
- Difundir y promocionar información a los trabajadores.
Los centros de trabajo que tiene entre 16 a 50 trabajadores tienen como obligación:
- Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial.
- Adoptar las medidas para prevenir los factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable, así como para atender las practicas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral.
- Adoptar las medidas y acciones de control, cuando el resultado del análisis de los factores de riesgo psicosocial así lo indique.
- Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y canalizarlos para su atención.
- Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial, cuando existan signos o síntomas que denoten alguna alteración a su salud.
- Difundir y promocionar información a los trabajadores.
- Llevar los registros de:
- Resultados de la identificación
- Análisis
de los factores de riesgo psicosocial
- Evaluaciones del entorno organizacional
- Medidas de control adoptadas
- Medidas de control de los trabajadores a los que se les debe de practicar exámenes médicos
- Establecer, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple:
- La prevención de la violencia laboral
- La promoción de un entorno organizacional favorable
Los centros de trabajo que tienen más de 50 trabajadores tienen como obligaciones:
- Establecer, implantar, mantener y difundir una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple:
- La prevención de la violencia laboral
- Promoción de un entorno organizacional favorable
- Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial.
- Evaluación del entorno organizacional.
- Adoptar medidas para prevenir los factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable, así como atender las practicas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral.
- Adoptar las medidas y acciones de control, cuando el resultado del análisis de factores de riesgo psicosocial así lo indique.
- Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y canalizarlos para su atención.
- Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgos psicosocial, cuando existían signos o síntomas que denoten alguna alteración a su salud.
- Difundir y proporcionar información a los trabajadores.
- Llevar los registros de:
- Resultados de la identificación
- Análisis de los factores de riesgo psicosocial
- Evaluaciones del entorno laboral
- Medidas de control adoptadas
- Registro de los trabajadores a los que se les practicó exámenes médicos
¡Informate!!! la NOM-035 ya esta vigente en sus dos fases y de acuerdo a los articulos de la Ley Federal del Trabajo, referentes a las normas de seguirdad e higiene en centros de trabajo, se establecen multas que van desde los 21mil 720 pesos hasta los 434 mil 400 pesos o lo que es equivalente desde 250 a 5000 UMA.
Genera un entrono organizacional favorable
Los entornos favorables de trabajo no solo son un punto mas en la NOM-035, si no que son indispensables para generar un resultado positivo en esta norma y a su vez traerá beneficios en presupuestos, en desempeño, producción y otras áreas de la empresa.
Los entornos favorables deberían ser un pilar a cuidar en todos los centros de trabajo, pero desafortunadamente contamos con empresas que no se enfocan o no cuidan debidamente estos puntos.
Todas las empresas son muy importantes y valiosas, tanto para la economía del país, como para la economía del o los empresarios, pero no deberían olvidar nunca que los trabajadores que hacen posible este resultado son personas, personas que cuentan con familia, amigos y profesiones, que valen igual que sus empresas, por lo cual aquí te incluimos 7 puntos para que puedas generar un entorno positivo en tu centro de trabajo:
1.- Sentido de pertenencia
El sentido de pertenencia es la conciencia por formar parte de un grupo, o comunidad, básicamente es lo que nos hace querer, entregarnos, o amar un grupo, en este caso un grupo de trabajo o una empresa, El desarrollar y fomentar el sentido de pertenencia no solo es “ponerse la camiseta” sino que también el trabajador reciba sus beneficios correspondientes en agradecimiento a ese valor.
2.- Formación
La formación, capacitación y adestramiento en las empresas es algo fundamental, ya que los candidatos a los puestos de trabajo saben lo esencial, pero es en la practica diaria, donde adquieren el conocimiento real, por lo cual los centros de trabajo deben promover y proveer las capacitaciones al menos 1 vez al año, esto ayudara en el conocimiento del trabajador, mejorar los procesos de trabajo y ayudara a desarrollar sus habilidades, logrando así un beneficio para todos.
3.- Definición de responsabilidades
El punto de definir las responsabilidades de acuerdo a las características del puesto, es un punto en donde los jefes consideran que no todos los puestos tienen responsabilidades, cuando realmente es lo contrario, todos los puestos sin importar el grado o la jerarquía tienen una función muy importante dentro del centro de trabajo y los cuales deben contar con sus responsabilidades claras y establecidas para mejorar su funcionamiento.
4.- Participación activa
La participación activa no es solo comprometer al trabajador en el centro de trabajo, sino también hacerlo parte de las políticas, estrategias, objetivos, procesos y el determinaciones del mismo, para que este sienta la importancia de sus funciones, le de valor y propicie a su vez el trabajo en equipo.
5.- Comunicación
Te imaginarias en un lugar en donde nadie se hablará, en donde nadie supiera de los proceso, en donde nadie se puede ayudar? Si la respuesta es no, es claro que la situación nunca nos va a gustar, por lo mismo los centros de trabajo deben de fomentar la inclusión con todos y cada uno de sus trabajadores, esto ayudara a mejorar el clima laboral y los procesos, creando o fomentando una fraternidad en donde todos tienen la capacidad de ayudarse y comunicar las situaciones actuales y futuras de la organización.
6.- Distribución adecuada de las cargas de trabajo
La distribución de jornadas correctas de trabajo, la carga de trabajo y las capacidades de tu trabajador juegan un papel importante en esta área, por lo cual deberán de estar claras y establecidas, teniendo en cuenta sus actividades y su experiencia, no es el hecho de simplemente “no cargarles la mano a los trabajadores” sino que asignarles tareas y responsabilidades de acorde a su puesto, área y experiencia.
7.- Evaluación y reconocimiento
Las evaluaciones son un punto de monitoreo esencial para ver el desarrollo de todas las empresas y los trabajadores, pero también nos sirven como indicadores para agradecer y reconocer el esfuerzo de cada una de las personas que trabajan en la misma, el agradecimiento es un tema que debe estar presente en la vida diaria, apoco ¿no te gusta o sientes bonito cuando alguien te dice gracias o reconoce tu esfuerzo? Bueno si la respuesta es afirmativa, eso mismo pasa con las personas que trabajan en tu centro de trabajo, a ellos también les hace falta sentir esa gotita de amor por parte de la empresa, así que, ¿que esperas para fomentarlo?
Estos son solo algunos de los puntos que te ayudaran a fomentar un entorno favorable dentro de tu centro de trabajo.
Pasos para una buena capacitación
1.- El paso del análisis de las necesidades, identifica las habilidades específicas que se requieren para desarrollar el trabajo, evalúa las habilidades de los empleados y desarrolla objetivos específicos y medibles de conocimientos y desempeño, a partir de cualquier deficiencia.
2.- En diseño de la instrucción, se deciden, se reúnen y se producen los contenidos del programa de capacitación, incluyendo libros de trabajo, ejercicios y actividades. Capacitación práctica, aprendizaje asistido por computadora, etc.
3.- La validación, en el cual se eliminan los defectos del programa y éste se presenta a un reducido público representativo.
4.- En la implantación del programa, en el que se aplica la capacitación al grupo de empleados elegido.
5.- La evaluación, en la cual la administración evalúa los éxitos o fracasos del programa.
¿Qué tipos de jornadas laborales existen en México?
La Ley Federal del Trabajo establece que “jornada de trabajo” es el tiempo durante el cual la persona trabajadora se encuentra a disposición del patrón para prestar su trabajo.
La LFT regula 3 jornadas de trabajo y así mismo fija un limite para cada una de ellas de la siguiente manera:
Tipo de jornada |
Periodo de tiempo que abarca la jornada |
Duración máxima de la jornada |
Diurna |
Entre las 06:00 hrs y 20:00 hrs |
Ocho horas
|
Nocturna |
Entre las 20:00 hrs y 06:00 hrs |
Siete horas
|
Mixta |
Comprende periodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el periodo nocturno sea menor de tres horas y media, ya que, si comprende tres y media o más horas, se reputará jornada nocturna |
Siete horas y media
|
Pero a su vez la LFT contiene otras normas relacionadas con las jornadas de trabajo que describimos a continuación:
- El trabajador y el patrón determinaran la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda exceder los máximos legales especificados en la tabla anterior.
- El trabajador y el patrón podrán repartir las horas de trabajo, a fin de permitir a la primera el reposo del sábado en la tarde o cualquier modalidad equivalente.
- Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de por lo menos, media hora.
- Cuando el trabajador no pueda salir del lugar donde presta sus servicios durante las horas de reposo o de comidas, el tiempo correspondiente le será computado como tiempo efectivo de la jornada de trabajo.
- En los casos de siniestro o riesgo inminente en que peligre la vida del trabajador, de sus compañeras o compañeros o del patrón, o la existencia misma de la empresa, la jornada de trabajo podrá prolongarse por el tiempo estrictamente indispensable para evitar esas circunstancias; pagándose las horas de trabajo con una cantidad igual a la que corresponda a cada una de las horas de la jornada.
- También podrá prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, SIN EXCEDER NUNCA de 3 horas diarias ni de 3 veces a la semana. Estas horas de trabajo extraordinario se cubrirán con un 100% más del salario que corresponda a cada una de las horas de la jornada.
- El trabajador no está obligado a prestar sus servicios por un tiempo mayor del permitido para cada una de las referidas jornadas.
- La prolongación del tiempo extraordinario que exceda de 9 horas a la semana, obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con un 200% más del salario que corresponda a cada una de las horas de la jornada.
- La jornada de trabajo de los menores de 16 años NO podrá exceder de 6 horas diarias y deberán dividirse en períodos máximos de 3 horas. Entre los distintos períodos de la jornada, disfrutarán de reposos de una hora por lo menos.
- Está prohibida la utilización del trabajo de los menores de 18 años, en horas extraordinarias y en los días domingos y de descanso obligatorio. En caso de incumplimiento de esta prohibición, las horas extraordinarias se pagarán con un 200% más del salario que corresponda a cada una de las horas de la jornada, y el salario de los días domingos y de descanso obligatorio, con un salario doble por el servicio prestado, independientemente del salario que se les deba cubrir por cada día domingo o de descanso obligatorio.
Cabe aclarar que al fijarse en la Ley Federal del Trabajo los tiempos máximos para la duración de cada una de las jornadas de trabajo, no significa que forzosamente deban ser con el tiempo máximo, pues debe entenderse que las jornadas no podrán exceder los máximos de tiempo; en consecuencia, el trabajador y el patrón pueden acordar jornadas de trabajo reducidas, es decir, con duración menor a los máximos legales.
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